'El Gobierno tiene en la sociedad modelos para
apoyar a las madres'
José María Gutiérrez Montero 03/05/2013
Entrevista
al catedrático Nicolás Jouve sobre la reforma de la ley del aborto.
¿Cuáles son los términos actuales de la reforma de Gallardón?
¿El abandono de la ley de plazos y la vuelta a la ley de indicaciones mejora de
algún modo la protección del no nacido?
Hasta
donde conocemos por las propias declaraciones del Ministro de Justicia, Alberto
Ruiz-Gallardón, el planteamiento de la reforma tiene tres elementos esenciales.
En primer lugar la vuelta a una Ley del aborto semejante a la de 1985 de
despenalización del aborto en determinados supuestos, de entre los que se
eliminaría el llamado «aborto eugenésico», que permite abortar cuando se
presuma que el feto habrá de nacer con graves taras físicas o psíquicas y
siempre que el aborto se practicase dentro de las veintidós primeras semanas de
gestación. Hay que tener en cuenta que este tipo de aborto atenta contra la
Convención de los Derechos de Personas con Discapacidad de la ONU, de 2006,
ratificada por España, y en el que se afirma: «el respeto por la diferencia y
la aceptación de las personas con discapacidad como parte de la diversidad y de
la condición humanas; lo que supone también el derecho a nacer diferente».
Además, en Septiembre de 2011, el Comité Internacional sobre los Derechos de
las Personas con Discapacidad ha llamado la atención a España al recomendar al
Estado Español que suprima la distinción hecha en la ley del aborto de 2010
(ley Aído) en cuanto al plazo dentro del cual la ley permite que se interrumpa
un embarazo por motivos de discapacidad exclusivamente.
En
segundo lugar desaparecería la consideración del aborto como un derecho de la
madre, ya que frente a este pretendido derecho está el derecho a la vida del
nasciturus. Un derecho que reclamó el Tribunal constitucional. Con la ley Aído,
el ser humano en gestación se encuentra en una situación de falta de garantías
e indefensión, al quedar la interpretación y aplicación de la ley ajena a todo
control y vigilancia jurisdiccional, dejando el derecho a la vida del no nacido
en segundo plano, y sometido al discutible «derecho a decidir» de la madre. Una
decisión, nada menos que sobre la vida de un hijo, un ser humano que no surge
por generación espontánea, ni es un conglomerado de células, ni tampoco un ente
desclasificado... sino un ser humano concebido, en pleno desarrollo y que
necesita del claustro materno para su crecimiento, como el recién nacido
necesita de la leche materna para sobrevivir tras el parto.
En
tercer lugar, la nueva ley adoptaría un sentido de proteger la maternidad. El
ministro de Justicia, ha defendido la dignidad de la mujer «con uno de sus
valores fundamentales, que es el derecho a la maternidad», frente al discurso
del derecho al aborto del PSOE. Se enfrentan de este modo dos tendencias
antagónicas y de desigual significado, la cultura de la vida frente a la
cultura de la muerte.
¿Cuáles son las mejoras de la ley Gallardón en cuanto a
protección la mujer y a la maternidad? ¿Son suficientes?
Tampoco
sabemos en qué se traducirán las promesas en la ley que plantee el gobierno del
PP. El Ministro de Justicia manifestó en una ocasión en el Congreso de los
Diputados que «vamos a aumentar la protección del derecho reproductivo por
excelencia de la mujer, que es el derecho a la maternidad», y en otra ocasión
señaló que: «muchas mujeres ven violentado su derecho a ser madres por la
presión que generan a su alrededor determinadas estructuras, que supuestos
embarazos no deseados las hacen responsables únicas de esos conflictos o de
esas situaciones problemáticas...En muchas ocasiones se genera una violencia de
género estructural contra la mujer por el mero hecho del embarazo",
Conocemos por tanto su intención de dar protección a las madres para que lleven
a término el embarazo, prestándolas cuanta información y ayudas le sean necesarias
en los casos de dificultad económica, laboral o social. Falta saber el modo y
en este sentido no faltan modelos a seguir de una labor en este sentido. Ahí
está la encomiable labor de asociaciones civiles benéficas como Red Madre, la
Fundación Madrina, la Federación Nacional de Asociaciones Provida, SOS familia,
etc. que llevan años realizando una preciosa tarea a favor de la maternidad.
¿Qué protección puede recibir, por ejemplo, una mujer violada
que quiere seguir adelante con su embarazo?
Sin
dejar de condenar y reconocer todo el daño que supone una violación, ¿no habría
también que considerar lo que supone el asesinato de un inocente? Algunas
organizaciones abortistas se aprovechan de esta causa absolutamente deleznable
de embarazo y explotan la parte sentimental para promover el aborto en general.
De este modo la violación se convierte en un pretexto en pro de la política
abortista. Pero siendo cierto que la violación es un hecho condenable que daña
la integridad y la dignidad de la persona, no lo es menos queel aborto es un
acto de violencia injusto y evitable contra la vida de un inocente. El hecho de
que el hijo no haya sido el fruto de un deseo no resta un ápice a su derecho a
vivir. Además, el aborto en caso de violación ni borra ni cura la violación,
pero sí puede añadir a la gravedad de un acto delictivo del que la mujer es la
víctima, una segunda víctima, lo que podría aumentar las secuelas psicológicas
de la mujer que lo sufre. Habría que ofrecer a la violada y embarazada, una
visión positiva de lo único bueno que trae esa situación, que es el hijo, y
desarrollar un plan de ayudas para la madre y el hijo. No hay otra opción
éticamente aceptable ni prácticamente efectiva. Sería importante
desarrollar políticas de acogimiento y adopción efectivas para que la
mujer en estas circunstancias saque adelante su embarazo y sí no quiere
quedarse con el hijo engendrado pueda entregarlo en adopción, de manera
temporal o definitiva, a una familia que lo quiera y lo cuide.
Se está recibiendo muchas presiones por parte de los colectivos
favorables al aborto. ¿Piensa usted que pueden echar atrás o modificar el
proyecto de ley?
La Ley
Aído, que entró en vigor en España el 5 de julio de 2010, siguió un proceso
inusualmente acelerado en los órganos legislativos y no fue un modelo de
atención a todos los aspectos del problema: científicos, médicos, jurídicos,
sociales y éticos, ni se buscó el debido consenso público en un tema tan
delicado y que mantiene dividida a la sociedad. Al final, lo que queda es la
convicción de que lo único que lo sustentaba eran razones ideológicas, que son
las que siguen esgrimiendo con vehemencia los y las feministas radicales que la
apoyaron en contra de una opinión mayoritaria de la sociedad española. El
resultado fue una ley que antepone la «conveniencia» de la madre a la vida de
los hijos e ignora la responsabilidad del padre. Una Ley que en ningún caso se
planteó a favor de la vida naciente. Sin embargo, la reforma que se pretende
por parte del Gobierno actual piensa tanto en la madre como en el hijo y cuenta
con el respaldo de la sociedad española, que mayoritariamente votó un programa
que prometía una reforma en la dirección de lo apuntado por el Ministro
Gallardón: «Vamos a insistir en la promoción de la inserción sociolaboral de
las mujeres embarazadas, en garantías para conciliar su vida personal, laboral
y familiar, en garantizar que se evite cualquier tipo de discriminación. Y
vamos a estar precisamente cerca de las mujeres más vulnerables: de las mujeres
en paro, de las menores de edad, de las inmigrantes, de las mujeres con
discapacidad». Siempre será mejor pensar en positivo, a favor de la vida y de
la salud de la madre y del hijo, que solo en u pretendido derecho de la madre.
El actual Gobierno no debe ceder porque le sobran razones morales y el apoyo
mayoritario de la sociedad española.
¿Dónde se encuentra la verdadera libertad de decidir de la
mujer?
No se es
libre solo cuando el acto que se realiza se basa en que una ley determinada lo
permite. No se es libre cuando se actúa motivado por presiones psicosociales,
económicas, situaciones laborales, presiones de la pareja, miedo al abandono,
etc. Una ley puede ser legal pero no necesariamente legítima si no permite a
las personas buscar la mejor opción para su vida y actuar de acuerdo con su
conciencia, sus convicciones y sus principios. La verdadera libertad de toda
decisión en la vida de cualquier persona es la de obrar en conciencia, respetar
la verdad y respetar siempre a las demás personas, empezando por la vida, que
es el primero y principal de los derechos de toda persona.
Fuente:
http://www.paginasdigital.es/v_portal/informacion/informacionver.asp?cod=3723&te=15&idage=7117&vap=0
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* Nicolás Jouve de la Barreda es
catedrático de genética de la Universidad de Alcalá de Henares, presidente de CíViCa,
promotor y primer firmante del Manifiesto de Madrid y actual miembro del Comité
Español de Bioética
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