Una sentencia de la Audiencia de Barcelona evidencia la impunidad del
aborto
La sentencia del Caso Morín
apremia al PP a cambiar la ley
La Audiencia de Barcelona ha
exculpado de todos los cargos (89 abortos ilegales, falsedad documental y asociación
para delinquir) que se imputaban al abortista Carlos Morín y a su equipo, con
una sentencia que ha sido calificada de «escandalosa y llena de incongruencias»
por las asociaciones provida. La sentencia, que será recurrida ante el Supremo,
evidencia la impunidad legal del aborto en España, y ha removido las filas del
PP, donde no se entiende que Justicia no haya presentado aún la reforma del
aborto.
«El caso Morín ha dejado
claro que, en España, el aborto ha estado cubierto por un manto de impunidad
total, y que la ley no sólo no ha protegido la vida en los supuestos que tenía
que haberla protegido, sino que ampara cualquier tipo de violencia contra la
vida gestante. Es como si tuviésemos una ley del aborto libre e impune, y que
ese manto de impunidad y de silencio tuviese que cubrir también a los medios de
comunicación y a los partidos, para hurtar el debate a la sociedad.
La nueva
ley tiene que acabar con esta situación como sea, porque es escandaloso que uno
pueda delinquir ante la inacción de la Justicia y del poder político, sobre
todo cuando hablamos de eliminar la vida humana». Ésta es la denuncia realizada
por miembros del Partido Popular, tras la sentencia que la Audiencia Provincial
de Barcelona dictó, el pasado 31 de enero, para absolver al doctor Carlos Morín
y a sus colaboradores de las clínicas Ginemedex y TBC, en
Barcelona, de los delitos que se les imputaban: 89 abortos ilegales, falsedad
documental y asociación con fines delictivos.
La sentencia ha removido las
filas de los núcleos provida del PP, que no entienden «por qué el Gobierno se
atreve a hacer reformas y recortes polémicos, pero retarda cada vez más la
reforma de la ley del aborto», según fuentes del PP consultadas por Alfa y
Omega. «Desde el Ministerio -indican las mismas fuentes-, nos dijeron que
la nueva ley estaría para octubre; luego, para enero; y ahora, que falta
tiempo. El ministro Gallardón está muy receptivo, así que los diputados,
senadores y gente de la casa que están contra el aborto no entienden
quién está retardando la ley, ni por qué ni siquiera hay un borrador sobre la
mesa: ¿es alguien por encima del ministro, como el Presidente o la
Vicepresidenta, o técnicos por abajo? Porque, si tenemos en cuenta los plazos
para estudiar el borrador, realizar enmiendas, y aprobar la ley en el Congreso,
en el Senado, y otra vez en el Congreso, podríamos agotar la legislatura sin
tener la ley. Y si el PP no gana las elecciones, el PSOE haría lo que hizo con
la LOCE: derogarla y radicalizar el aborto».
Esta polémica ha sido una de las
consecuencias de la sentencia emitida por la Audiencia de Barcelona, que, en
opinión de don Josep Miro i Ardevol, Presidente de E-cristians
(asociación que se personó como Acusación popular contra Morín) «crea escándalo
y deja en total indefensión a los no nacidos, porque incluso en aquellos casos
en que, de una manera evidente, se han realizado abortos al margen de la
legalidad, los márgenes interpretativos resultan tan amplios que la condena
nunca puede concretarse». Desde E-cristians han anunciado que recurrirán
ante el Supremo, pues, según explica su Presidente, «la sentencia cuestiona el
tratamiento que la Justicia viene aplicando sobre el aborto, y constituye un
claro aviso de cómo debe ser la nueva legislación, que, para ser útil, no ha de
dejar resquicios para que se condene aquello que merezca ser condenado».
También el Centro Jurídico Tomás
Moro, que se querelló contra Morín, ha denunciado «las incongruencias» del
fallo, entre las que destacan que «reconoce que la mayoría de las mujeres que
abortaron bajo el supuesto de riesgo para la salud física o psíquica de la
madre no fueron exploradas personalmente por ningún psiquiatra» (requisito
obligatorio por ley); que algunas madres firmaron el consentimiento en un papel
en blanco, que fue rellenado después por el personal de Ginemedex y TBC
(incluso personal administrativo y no sanitario, lo que sería ilegal);
justifica la licitud de todos los abortos, fuesen del tiempo gestacional que
fuesen, por ser voluntad de las madres llevarlos a cabo; y argumenta que «todo
embarazo no deseado supone una situación de evidente riesgo para la salud
psíquica de la embarazada», lo que «es tanto como reconocer el aborto libre».
Además, llaman la atención hechos
como que casi el 100% de las mujeres que abortaron aducían riesgo físico o
psíquico para la madre, que casi todos los abortos se realizaban el mismo
día en que la madre iba por primera vez al abortorio; o que el fallo afirma que
Morín no tiene «antecedentes penales conocidos», a pesar de que fue condenado
en 1989 por practicar abortos ilegales en Alicante. Además, al exculparle del
delito de asociación ilícita, se argumenta que no hay pruebas «de que la
estructura empresarial médica» creada por Morín «tuviera como finalidad
principal la comisión de abortos ilegales», a pesar de reconocer «que la
actividad principal de las clínicas» eran los abortos, la mayoría en tan
avanzado grado de gestación que sólo podían acogerse al supuesto de riesgo
para la salud física o psíquica de la madre, lo que servía de reclamo para
embarazadas, de toda Europa, con más de 20 semanas de gestación.
Un contexto singular
La sentencia se ha producido en
un contexto, cuanto menos, singular: tras pasar por varios Juzgados catalanes,
el caso acabó en la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Barcelona, (una
de las 6 Secciones penales), en la que los tres magistrados que la componen
habían manifestado afinidad a los postulados progresistas. Así, doña Carme
Domínguez Naranjo, que sentencia que el aborto no es delito, pues la voluntad
de la mujer es suficiente para acabar con la vida de su hijo (sin mencionar que
la mayoría de las mujeres que abortan lo hacen bajo presión de su entorno, como
ha confirmado la revista Medical Science Monitor), firmó, en noviembre
de 2011, un artículo sobre violencia de género en el que defendía que,
si un hombre condenado a pena de alejamiento por maltrato, se acerca a la mujer
porque ésta accede a ello, la voluntad de la mujer no le exime a él del delito,
por la dependencia emocional de la mujer con su agresor. Don Eduardo
Navarro Blasco ha participado como ponente en actos de la asociación Jueces
para la Democracia, afín al PSOE; y doña María Dolores Balibrea Pérez firmó
un manifiesto ante las elecciones generales de 2008, elaborado por las
asociaciones progresistas de la judicatura, crítico con propuestas electorales
del PP, y que fue investigado por el Consejo General del Poder Judicial por su injerencia
en política. Manifiesto que concluía con una frase de Gaetano Filangieri,
reconocido anticlerical del siglo XVIII, que definió «como objetivo
irrenunciable para la mejora social: la superación de un sistema punitivo
confesional en las prohibiciones, feroz en los castigos, vejatorio en las
imputaciones, y arbitrario en las decisiones».
José
Antonio Méndez
«Un aborto de 30 semanas es más grave y
urgente que cien Bárcenas»
La presunta corrupción en el PP,
que implicaría a su ex tesorero, Luis Bárcenas, y a toda la cúpula del partido,
incluido el Presidente del Gobierno, hace que «ahora, las preocupaciones se
centran en demostrar la inocencia de los miembros del partido, no en sacar
leyes polémicas», explican fuentes cercanas al Ejecutivo. Sin embargo, los
miembros provida del PP no ocultan su inquietud: «Que en España se pueda
abortar a un bebé de 30 semanas es más grave y urgente que cien casos como el
de Bárcenas. La reforma del aborto tendría que haber sido una prioridad, porque
hay vidas en juego, y la legislación es un coladero». Un coladero
posibilitado no sólo por la ley Aído, sino por la ley de 1985, y en
especial por el supuesto del riesgo físico o psíquico de la madre, que
ahora quiere recuperar el Gobierno, aunque fuese el que hizo posible el caso
Morín y el 98% de los abortos en España.
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