miércoles, 12 de marzo de 2014

Lo justo es que “la mentira, aunque mil veces repetida, en mentira se quede”.


Llevamos ya mucha historia de aguantar machaconamente, insufriblemente, la defensa que algunos hacen de “un supuesto derecho al aborto”. En los últimos casi tres meses se ha incrementado hasta el hastío en medios de comunicación casi de “cualquier pelaje”, incluso algunos que nunca había oído nombrar pero que se han vuelto “actualidad” acaparando las primeras “entradas” de las búsquedas por Internet a expensas de usar la palabra mágica “derecho de la mujer”.
Siendo tan claro, que ese pretendido derecho no debiera ser tal, en razón de que “necesariamente (sine qua non) requiere la muerte violenta de otro ser humano”, tratar de encontrar argumentos donde poder apoyar ese pretendido derecho, solo lleva a “preguntas y más preguntas” sin respuestas razonables sobre la mesa.
¿Cuál es el soporte argumental para defender que “la salud” de alguien  está por encima de la “vida” de otro ?
¿Por qué una vida humana tiene más derecho a preservarse que otra vida humana?
¿Está equilibrada la balanza cuando contraponemos “riesgo de muerte”  frente a “muerte segura” ?
¿Qué plus de seguridad se le aporta al aborto al declararlo legal?  Para el niño desde luego solo la empeora, pero para la mujer no es distinta la suerte. Porque el aborto, aunque se ampare en la ley, sigue siendo una “actuación”  donde la mujer arriesga: salud física, salud psíquica e incluso la vida. Porque es mentira y gorda (aunque mil veces se repitiera)  que exista el “aborto seguro”.
Y todo esto a cuento de que por elpais.com  he sabido de la existencia de la Sra.  Judith Sunderland investigadora sénior sobre Europa occidental de Human Rights Watch (algo así como Observatorio de Derechos Humanos).
La tal Sra. Judith en recientes declaraciones que aparecen en “el País” y en la propia web de Human Rights Watch. Recurre al retruécano, más que imposible, de pretender que abortar conlleva defender el derecho a la vida. Nos dice que
«...  Si es aprobada por el Parlamento, incluso con las modestas modificaciones que el gobierno ha señalado, esta ley sería un gran retroceso para los derechos humanos de las mujeres en España. Es probable que el gobierno afronte preguntas difíciles de la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas cuando se reúna en octubre para comenzar la revisión del cumplimiento de España con el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. El comité de la ONU podría pedirle al gobierno que explique cómo se ajustan las restricciones al derecho a la vida, que según el derecho internacional de los derechos humanos en general comienza cuando una persona nace, dada la evidencia de que las leyes de aborto restrictivas empujan a las mujeres a someterse a abortos inseguros que pueden llevar a la muerte...» [http://www.hrw.org/es/news/2014/03/11/un-retroceso-para-los-derechos-humanos-de-la-mujer-en-espana ]

¿Puede llegar a ser más cínico el argumento? ¿Cómo se complace que restringir el aborto equivale a restringir el derecho a la vida? ¿Los provida son ahora los abortistas?
Mentir es asegurar  algo que se sabe falso, y, también, inducir  a otros a tomar como verdadero lo que se sabe falso. Así que cuando nuestra Judith, utiliza el término “en general” parece buscar inducirnos a pensar que los derechos humanos se refieren solo a “personas” y además “nacidas”.
Voy a recordar al lector como están redactados tales Derechos Humanos tomados de http://www.un.org/es/documents/udhr/index_print.shtml

Artículo 1.
Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.

Tal como yo lo entiendo “nacer libre” es "venir libre", y no "hacerse libre" por obra y magia del hecho de nacer. Y eso me lleva a pensar que los seres humanos somos libres por naturaleza, no por otorgamiento de nadie ni en virtud de un determinado grado de su desarrollo.
Y en el
Artículo 2.
Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.
Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.

Parece ser donde debe haberse inspirado la Sra. Judith y todos cuantos actúan como voceros defensores de que “algunos seres humanos son más que otros”.
Pero para todos los que se agarran a la posibilidad de que determinados seres humanos puedan, o no, caber en el término filosófico de “persona”, quedan unos cuantos artículos en donde se afirma indubitablemente que todos los seres humanos  son “sujetos” de los Derechos Humanos que se declaran. Independientemente de discrepancias teórico-filosóficas de cuándo, o en qué momento, debiéramos entender que a un ser humano le asiste la dicha de ser “persona”. En ese TODOS, ¡estamos todos!
Así podemos ver:
Artículo 3.
Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.
Artículo 4.
Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.
Artículo 5.
Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
Artículo 6.
Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.
Artículo 7.
Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.

Términos tales como: Todo individuo..., o Nadie..., o Todo ser humano..., o un simple Todos..., implican que la condición para estar incluidos en el colectivo al que se refieren esos artículos, es la de ser “un humano vivo”.
Exigir, o interpretar, que además “de vivo” se ha de “ser nacido” es gratuito porque no es ni siquiera deducible de una razonable interpretación de la literalidad; es mendaz porque busca inducir  a otros a tomar como verdadero lo que se sabe falso; y puede llegar a esconder intereses contrarios a la debida dignidad de la vida humana como pueden ser los de “producir” “cosificar”, “seleccionar” o “descartar” seres humanos.
Termina la Sra. Judith con
«... En pocas palabras, el proyecto de ley denegaría a las mujeres embarazadas el derecho a tomar decisiones independientes sobre sus cuerpos, lo que representa un riesgo para una amplia serie de derechos humanos. Sería una interferencia irrazonable con el ejercicio de la mujer de su amplia gama de derechos humanos. Es por eso que, de ser aprobada, el gobierno español será blanco de muchas preguntas difíciles de responder cuando afronte el escrutinio de los organismos de derechos humanos de la ONU.»
Es mentira y gorda (aunque mil veces se repitiera)  que la ley deniegue a “las mujeres embarazadas el derecho a tomar decisiones independientes sobre sus cuerpos” porque (aunque mil veces se repitiera) el concebido no es su cuerpo aunque esté dentro de ella.  
Introducir términos genéricos como “una amplia serie...”   o  su amplia gama de...”   o “muchas preguntas difíciles...”  en referencia a Derechos Humanos  no es más que un intento burdo de inducir  a otros a tomar como verdadero lo que se sabe falso. Que no existen derechos de las mujeres, ni de nadie, que amparen el disponer de la vida de otro ser humano, y... si existen en algún lado que digan “en donde” y “cuales”.

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