Llevamos ya mucha historia de aguantar machaconamente,
insufriblemente, la defensa que algunos hacen de “un supuesto derecho al aborto”. En
los últimos casi tres meses se ha incrementado hasta el hastío en medios de
comunicación casi de “cualquier pelaje”, incluso algunos que nunca había oído
nombrar pero que se han vuelto “actualidad” acaparando las primeras “entradas”
de las búsquedas por Internet a expensas de usar la palabra mágica “derecho de la
mujer”.
Siendo tan claro, que ese pretendido derecho no debiera
ser tal, en razón de que “necesariamente
(sine qua non) requiere la muerte
violenta de otro ser humano”, tratar de encontrar argumentos donde poder
apoyar ese pretendido derecho, solo lleva a “preguntas y más preguntas” sin
respuestas razonables sobre la mesa.
¿Cuál es el soporte argumental para defender que “la
salud” de alguien está por encima de la “vida” de otro ?
¿Por qué una vida humana tiene más derecho a preservarse
que otra vida humana?
¿Está equilibrada la balanza cuando contraponemos “riesgo
de muerte” frente a “muerte
segura” ?
¿Qué plus de seguridad se le aporta al aborto al
declararlo legal? Para el niño desde
luego solo la empeora, pero para la mujer no es distinta la suerte. Porque el
aborto, aunque se ampare en la ley, sigue siendo una “actuación” donde la mujer arriesga: salud física, salud
psíquica e incluso la vida. Porque es mentira y gorda (aunque mil veces se
repitiera) que exista el “aborto seguro”.
Y todo esto a cuento de que por elpais.com
he sabido de la existencia de la
Sra. Judith Sunderland investigadora sénior
sobre Europa occidental de Human Rights Watch (algo así como Observatorio de
Derechos Humanos).
La tal Sra. Judith en recientes declaraciones que aparecen en “el País” y en la
propia web de Human Rights Watch. Recurre
al retruécano, más que imposible, de pretender que abortar conlleva defender el
derecho a la vida. Nos dice que
«... Si es aprobada por el Parlamento, incluso con
las modestas modificaciones que el gobierno ha señalado, esta ley sería un gran
retroceso para los derechos humanos de las mujeres en España. Es probable que
el gobierno afronte preguntas difíciles de la Comisión de Derechos Humanos de
las Naciones Unidas cuando se reúna en octubre para comenzar la revisión del
cumplimiento de España con el Pacto Internacional de Derechos Civiles y
Políticos. El comité de la ONU
podría pedirle al gobierno que explique cómo se ajustan las restricciones al
derecho a la vida, que según el
derecho internacional de los derechos humanos en general comienza cuando una
persona nace, dada la evidencia de que las leyes de aborto restrictivas empujan
a las mujeres a someterse a abortos inseguros que pueden llevar a la muerte...» [http://www.hrw.org/es/news/2014/03/11/un-retroceso-para-los-derechos-humanos-de-la-mujer-en-espana
]
¿Puede llegar a ser más cínico el argumento? ¿Cómo se
complace que restringir el aborto equivale a restringir el derecho a la vida? ¿Los
provida son ahora los abortistas?
Mentir es asegurar algo que se
sabe falso, y, también, inducir a otros a tomar
como verdadero lo que se sabe falso. Así que cuando nuestra Judith, utiliza el término “en
general” parece buscar inducirnos a
pensar que los derechos humanos se refieren solo a “personas” y además
“nacidas”.
Voy a recordar al lector como están redactados tales Derechos
Humanos tomados de http://www.un.org/es/documents/udhr/index_print.shtml
Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y
derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse
fraternalmente los unos con los otros.
Tal como yo lo entiendo “nacer libre” es "venir libre",
y no "hacerse libre" por obra y magia del hecho de nacer. Y eso me lleva a pensar
que los seres humanos somos libres por naturaleza, no por otorgamiento de nadie
ni en virtud de un determinado grado de su desarrollo.
Y en el
Toda persona tiene todos los derechos y
libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza,
color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole,
origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra
condición.
Además, no se hará distinción alguna
fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio
de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país
independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no
autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.
Parece ser donde debe haberse inspirado la Sra. Judith
y todos cuantos actúan como voceros defensores de que “algunos seres humanos
son más que otros”.
Pero para todos los que se agarran a la posibilidad de
que determinados seres humanos puedan, o no, caber en el término filosófico de “persona”,
quedan unos cuantos artículos en donde se afirma indubitablemente que todos los seres humanos son “sujetos” de los Derechos Humanos que se declaran.
Independientemente de discrepancias teórico-filosóficas de cuándo, o en qué
momento, debiéramos entender que a un ser humano le asiste la dicha de ser
“persona”. En ese TODOS, ¡estamos todos!
Así podemos ver:
Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.
Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata
de esclavos están prohibidas en todas sus formas.
Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o
degradantes.
Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad
jurídica.
Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual
protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda
discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal
discriminación.
Términos tales como: Todo individuo...,
o Nadie..., o Todo ser humano..., o un simple
Todos..., implican que la condición para estar incluidos en el
colectivo al que se refieren esos artículos, es la de ser “un humano vivo”.
Exigir, o interpretar, que además “de vivo” se ha de “ser
nacido” es gratuito porque no es ni siquiera
deducible de una razonable interpretación de la literalidad; es mendaz porque busca inducir
a otros a tomar como verdadero lo que se sabe falso; y puede llegar a esconder intereses contrarios a la debida
dignidad de la vida humana como pueden ser los de “producir” “cosificar”,
“seleccionar” o “descartar” seres humanos.
Termina la Sra. Judith con
«... En pocas palabras, el proyecto de
ley denegaría a las mujeres embarazadas el derecho a tomar decisiones
independientes sobre sus cuerpos, lo que representa un riesgo para una amplia
serie de derechos humanos. Sería una interferencia irrazonable con el ejercicio
de la mujer de su amplia gama de derechos humanos. Es por eso que, de ser
aprobada, el gobierno español será blanco de muchas preguntas difíciles de
responder cuando afronte el escrutinio de los organismos de derechos humanos de
la ONU.»
Es mentira y gorda (aunque mil veces se
repitiera) que la ley deniegue a “las mujeres embarazadas el derecho a
tomar decisiones independientes sobre sus cuerpos” porque (aunque mil veces se repitiera) el concebido no es su cuerpo aunque esté dentro de ella.
Introducir términos genéricos como “una amplia serie...” o “su amplia gama de...” o “muchas preguntas difíciles...” en referencia a Derechos Humanos no es más que un intento burdo de inducir
a otros a tomar como verdadero lo que se sabe falso. Que no existen derechos de las
mujeres, ni de nadie, que amparen el disponer de la vida de otro ser humano,
y... si existen en algún lado que digan “en donde” y “cuales”.
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