jueves, 29 de noviembre de 2012
UNICEF: reduciendo los "Derechos" del Niño a la anticoncepción y el hedonismo
En el Perú el debate sobre un nuevo Código de la Niñez y la Adolescencia está a punto de iniciarse. ONG´s pro aborto y grupos pseudo-defensores de los “derechos del niño”, centran su lobby político en el reparto de anticonceptivos desde los 14 años. El núcleo de su discurso son los supuestos “derechos sexuales y reproductivos”, el placer como principal aspecto en el ejercicio del sexo y el uso de preservativos para la reducción de riesgos de embarazo o de adquisición de enfermedades de transmisión sexual.
Entre las organizaciones que ejercen presión política y mediática, encontramos principalmente a UNICEF, Save the Children, Plan Internacional Perú, Fundación Anar (Ayuda a niños y adolescentes en riesgo), Mesa de Concertación para la Lucha contra la Pobreza, Asociación Ato Colibrí, Comisión Nacional por los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes (CONADENNA), la Municipalidad Metropolitana de Lima, la Defensoría del Pueblo, entre otras.
Asimismo también se han pronunciado las ONG´s abortistas PROMSEX y Manuela Ramos.
Los “Derechos sexuales”
El punto clave del debate es la aprobación del artículo 27 – “Derechos a la salud sexual y reproductiva” - del proyecto de ley que propone un nuevo código de la niñez y la adolescencia.
Si vemos los antecedentes, la primera definición de los llamados “derechos reproductivos” se remonta al Programa de Acción de la Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo llevada a cabo en El Cairo en 1994, “donde uno podría creer que todo lo que se necesita para eliminar la pobreza es la disponibilidad de anticonceptivos gratis, el aborto legal, y educación sexual para adoctrinar a mujeres y niños sobre como acceder a estos servicios de salud”*
Es por este motivo que ONG´s pro abortistas como Manuela Ramos y PROMSEX vienen promoviendo esta iniciativa, ya que se estaría introduciendo una categoría extraña a nuestro marco legal - “derechos sexuales y reproductivos” - como un conjunto de “nuevos derechos”. Esto viene siendo financiado curiosamente por el Fondo de Población de las Naciones Unidas.
Los “Servicios de Salud Sexual y Reproductiva”
Dentro del artículo 27 se pretende que los adolescentes desde los 14 años puedan acceder a “información, orientación y servicios de salud sexual y reproductiva”. Esta frase no es otra cosa que distribución de anticonceptivos sin el conocimiento de los padres o tutores. Así lo han entendido y pretendido sus actuales promotores por décadas. No es ninguna educación. Sólo son prácticas referidas al uso de sus genitales y a evitar un embarazo. No se toma en consideración los aspectos emocionales y psicológicos de los niños y adolescentes.
La información en esta materia incluye métodos invasivos como el DIU o las inyecciones y el reparto indiscriminado de preservativos. Estos “servicios confidenciales de salud sexual” podrían incluir acceder a intervenciones quirúrgicas como vasectomías o ligaduras de trompas. No es difícil adivinar las motivaciones que pretenden apartar a los padres de sus hijos cuando se trata de este tipo de “servicios de salud”.
El embarazo adolescente
Las supuestas cifras elevadas de embarazo adolescente es el argumento más poderoso que utilizan todos los grupos “defensores de los niños” para hacer presión política sobre este tema. Sin embargo, en su argumento exigen el derecho a la “libertad sexual de los adolescentes”, es decir “su capacidad para decidir en qué momento iniciar una vida sexual”, cuyo objetivo principal se ubica en los aspectos de placer en el ejercicio del sexo, minimizando los riesgos de embarazo o de adquisición de enfermedades transmisibles por vía genital, las mismas que supuestamente buscan reducir.
Pero la realidad los supera y las cifras estadísticas los desmienten. Solo tienen a su favor sospechosos “estudios” estadísticos elaborados por ellos mismos. Algunos ejemplos de lo que señala la evidencia científica:
• Un estudio llevado a cabo el año 2002 por el Grupo de Vigilancia de Derechos Ciudadanos en Salud, sobre el inicio sexual de los adolescentes, dio como resultado que “ocurre en promedio a los 16.8 años en los hombres y a los 18.9 años en las mujeres; sin embargo, hay grandes variaciones entre regiones y niveles educativos”.
• El Ministerio de Salud, con ayuda de la cooperación internacional, condujo entre noviembre y diciembre de 2010 la Encuesta Global de Salud Escolar entre estudiantes del 2do al 4to año de educación secundaria a nivel nacional, arrojando que únicamente el 19.7% de los estudiantes (28.3% de varones y 11.1% de mujeres) refirieron haber tenido relaciones sexuales alguna vez en su vida. De este 19.7%, el 46.7% tuvieron su primera relación sexual antes de los 14 años. Es decir menos del 10% del universo total.
• Según la Encuesta Demográfica y de Salud Familiar, ENDES continua 2011, la edad mediana de la primera relación sexual es de 19.0 años para áreas urbanas y 17.7 años para áreas rurales.
La Capacidad de los Adolescentes
Una de las justificaciones para esta medida se sustentaría en la supuesta capacidad plena de ejercicio de los adolescentes, los cuales, según tales organizaciones, ya habrían alcanzado un desarrollo somático y psíquico suficiente para ser capaces de decidir sobre si tener o no relaciones sexuales.
Sin embargo, afirmar que por el mero hecho de haber cumplido los catorce años los adolescentes poseen un criterio propio y una madurez suficiente para discernir sobre lo que implica el ejercicio de su sexualidad, contradice al ordenamiento jurídico peruano, el cual consagra un régimen especial de protección de los adolescentes hasta los 18 años de edad. Con el temprano inicio de una vida sexual activa, se pondría en riesgo la integridad moral, psíquica y física de los menores de edad, asimismo, se debilitaría su protección contra el abuso sexual y se mermaría su derecho a la protección contra todas las formas de explotación y abuso sexuales.
En conclusión: Estas medidas que se buscan introducir, responden una vez más a una agenda ideológica determinada que quiere implantar el control natal en los países pobres. Se dice querer “la protección de la niñez y la adolescencia”, no obstante, de manera simultánea se promueve el inicio de una vida sexualmente activa desde una temprana edad. Nada más contrario al resguardo del interés superior del niño, principio rector que guía el andamiaje jurídico internacional en torno a la protección de los menores de edad y que sostiene la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño.
*Dale O´Leary – "La Agenda de Género"
Por Sergio Burga
http://www.lapop.org/index.php/boletines/437-boletin-173-unicef-pretende-reducir-debate-sobre-derechos-del-nino-a-derechos-sexuales-y-al-reparto-de-anticonceptivos
http://www.hazteoir.org/noticia/49905-unicef-reduciendo-derechos-nino-anticoncepcion-y-hedonismo
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